Con la entrada en vigor de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE, Ley 34/2002 de 11 de julio en vigor desde octubre de 2003) y la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD, Ley 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal), es que los propietarios de páginas Web o portales comerciales deben cumplir con una serie de requisitos específicos para no ser sancionados por el organismo regulador: la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
Las consecuencias de su incumplimiento conllevan a sanciones con costos que van desde los 600€ a los 600.000€.
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